Conoce los diferentes tipos de ERTE que puede aplicar la empresa tras la reforma laboral

La nueva reforma laboral estableció modificaciones respecto a los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), que entraron en vigor el 1 de abril de 2022. Estos cambios tienen como objetivo, entre otros, simplificar los procedimientos para que las empresas puedan acogerse a ellos sin dificultad. En este artículo, analizamos los tipos de ERTE que se han establecidos tras la reforma laboral y las diferencias respecto a las modalidades existentes hasta esa fecha.

Principales características de los Expedientes de Regulación de empleo

El concepto de ERTE está recogido en el Art. 47 del Estatuto de los Trabajadores. Se trata de un procedimiento administrativo que permite a la empresa suspender o reducir temporalmente los contratos de trabajo de un número determinado de empleados o, en su caso, de toda la plantilla al completo.

Para poder acceder a esta situación, la empresa debe justificar una serie de circunstancias que requieren la implantación de dicha medida. Los trabajadores afectados tienen derecho a una prestación contributiva durante la duración de esta suspensión o reducción del empleo.

Hasta la entrada en vigor de la reforma laboral, solo existían en España:

 

Los tipos de ERTE a partir del 1 de abril de 2022

La nueva legislación laboral sobre los Expedientes de Regulación de Empleo no suprime ni los de fuerza mayor ni los ERTE ETOP, sino que flexibiliza, agiliza y facilita el procedimiento para acogerse a los mismos por parte de las empresas. También se reducen los plazos para solicitarlos.

En cuanto al ERTE ETOP, estas son algunas de las modificaciones:

Respecto a los ERTES por fuerza mayor, apenas sufren cambios.

Sin embargo, la reforma laboral introduce dos nuevas modalidades de ERTE. Los nuevos ERTES introducidos en 2023, permiten a las empresas realizar suspensiones o reducciones temporales por causas diferentes a las de los ERTES ETOP o los de causa mayor. Son los llamados ERTES del Mecanismo RED, de Flexibilidad y Estabilización del Empleo y tienen dos modalidades:

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