Trabajador que ha solicitado la guarda legal para cuidar de un familiar

Trabajador que ha solicitado la guarda legal para cuidar de un familiar

Reducción de jornada por guarda legal: requisitos y obligaciones que toda compañía debe conocer

Cualquier empleado puede reducir su jornada laboral diaria para atender lo que se denomina «guarda legal«. Para ello, hay que cumplir estos requisitos: que se quede al cargo de un menor de 12 años, de una persona con discapacidad o de un familiar, siempre que se cumplan determinadas circunstancias que detallaremos en este artículo.

Por este motivo, la empresa tiene la obligación de reservar el puesto y a realizar un contrato de sustitución bonificado. Esta reducción tendrá unos tramos mínimos y unos máximos para que pueda considerase una reducción de una jornada de 40 horas semanales. Te contamos cómo gestionarlo correctamente desde RRHH.

El derecho de guarda legal y la reducción de jornada

La reducción de jornada por guarda legal permite reducir la jornada laboral diaria. El objetivo es facilitar la conciliación laboral y el cuidado de los casos que apuntábamos al inicio:

La excedencia es otro derecho de los trabajadores que la empresa ha de tener en cuenta a la hora de facilitar el conciliar la vida familiar y laboral, según la nueva Ley de Familias. En este caso, se ha de cumplir con el derecho a la reserva del puesto durante primer año, y luego uno de categoría similar que tiene toda persona trabajadora. Este periodo será computable a efectos de antigüedad, y además es responsabilidad de la compañía ofrecer cursos de formación para su reincorporación.

Obligaciones de las empresas y de los trabajadores

Con la solicitud de la jornada reducida por guarda legal para el cuidado de hijos, el trabajador deberá preavisar, siempre que se pueda, con 15 días de antelación. Además de presentar la documentación pertinente, si se trata de un caso de cáncer.

Los tramos de reducción por guarda legal contemplados por la normativa son los siguientes:

Además, como empresa tienes que tener en cuenta otras situaciones concretas:

Un último apunte: desde el 18 de marzo de 2023, se ha ampliado a tres años el período considerado como cotizado a efectos de las prestaciones de la Seguridad Social. Esto supone que las bases de cotización se computarán incrementadas hasta el 100% de la cuantía que hubiera correspondido si se hubiera mantenido, sin reducción, el trabajo a tiempo completo o parcial.

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