Conciliación de la vida familiar y profesional: ¿Qué impacto tendrán en las empresas las nuevas medidas aprobadas?

Conoce las nuevas medidas en materia de conciliación de vida familiar y profesional según el BOE del 29 de junio para gestionar de manera eficaz el capital humano. Entre las muchas actuaciones propuestas, cabe destacar la ampliación de los derechos matrimoniales también a parejas de hecho. 5 días por accidente o enfermedad grave, 2 días por fallecimiento y un máximo de 4 días por causas de fuerza mayor. También el permiso parental de 8 semanas es ya con carácter individual.

Novedades en conciliación de vida familiar y profesional

Las nuevas medidas de conciliación de vida familiar y profesional aprobadas en junio conllevan una serie de regulaciones y adaptaciones. El Real Decreto-ley 5/23 de 28 de junio recoge una amplia gama de actuaciones para contribuir desde la empresa a la flexibilidad y equilibrio entre lo personal y lo laboral. Entre las que tienes que conocer para la gestión de la fuerza laboral, cabe destacar las siguientes medidas:

 

Cuestiones prácticas para implementarlas

Cuando una persona trabajadora solicite adaptación de la jornada por conciliación familiar, si no está establecido en la negociación colectiva, será la empresa la que esté obligada a abrir un proceso de negociación rápido.

Además, respecto al permiso parental, en caso de que dos o más personas trabajadoras generasen este derecho por el mismo sujeto causante y altere seriamente el correcto funcionamiento de la empresa, esta podrá aplazar la concesión del permiso por un período razonable. Eso sí, deberá justificarlo por escrito y después de haber ofrecido una alternativa de disfrute igual de flexible para el cuidado familiar.

Se añade, además, que el contrato de trabajo podrá suspenderse por disfrute del permiso parental. La suspensión exonera de las obligaciones recíprocas de trabajar y remunerar el trabajo, por lo que el permiso no es retribuido.

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