Altas, bajas y variaciones de datos de los trabajadores, ¿Cómo gestionarlos?

Cualquier empresa o departamento de RRHH que quiera llevar una correcta gestión de personal, deberá tener en cuenta la posible variación de datos de los trabajadores. Las altas y bajas, una modificación del contrato por un cambio de posición, así como cualquier otra necesaria actualización de datos, debe comunicarse a la Seguridad Social. En este artículo conoceremos las variaciones más habituales y el procedimiento correcto para llevarlas a cabo desde la empresa.

Cambios en los datos de los trabajadores: cuáles son los más habituales

En cualquier relación laboral entre una empresa y un trabajador por cuenta ajena existen, al menos, tres momentos en los que cabe la posibilidad de realizar una variación de datos. A saber:

Los trabajadores autónomos, por su parte, además de los datos indicados anteriormente, también deben comunicar en tiempo y forma si existe un cambio de actividad profesional o de sede de la empresa, principalmente.

 

Quién gestiona la variación de datos en la relación laboral

Es la propia empresa, o el departamento de RRHH si existiera, quien debe encargarse de mantener correctamente informada a la Seguridad Social en relación con los datos del empleado y las posibles variaciones de estos.

Partiendo del necesario cumplimiento en cuanto a protección de datos y cuidando al máximo la información de contacto de los empleados, sería interesante que la empresa contara con un registro de trabajadores o de documentación laboral en el departamento de RRHH. Esto haría, sin duda, mucho más sencilla y ágil la obligatoria comunicación a la Seguridad Social, evitando posibles errores.

Las gestiones directas con la administración laboral se suelen realizar utilizando los modelos normalizados que esta pone a disposición de los usuarios. En este caso, se trata del modelo TA.2/S, que se corresponde con la solicitud de alta, baja o variación de datos del trabajador por cuenta ajena o asimilado en la Seguridad Social.

Hoy en día, casi todas estas actuaciones se realizan utilizando el llamado Sistema RED. Para ello, la empresa debe haber solicitado previamente la autorización que le habilita para realizar telemáticamente este tipo de gestiones con la Seguridad Social.

Si la empresa descuida estas informaciones de datos, es el trabajador quien puede comunicarlas personándose directamente. En el caso de que ni la empresa ni el trabajador lo comuniquen, puede ser la propia administración quien actúe de oficio, modificando estos datos desde la fecha en la que se produjo el incumplimiento.

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