Antonio Garamendi y Juan Rosell en un acto de la CEOE

Antonio Garamendi y Juan Rosell en un acto de la CEOE

La CEOE propone contratos de formación y aprendizaje para mayores de 45 años

Pese a que en el 2015 hubo un boom en los contratos de formación y aprendizaje que alcanzó los 174.000 trabajadores en el año 2017, y por segundo año consecutivo, esta modalidad de contrato bajó hasta los 48.300 jóvenes. La CEOE, la organización que aglutina  a las principales asociaciones patronales, achaca esta reducción a las trabas que la rigidez de las condiciones impone a los empleadores para optar por este contrato.

Su propuesta, manifestada en un documento entregado a la Secretaría de Estado de Educación y Empleo llamado El aprendizaje: clave de la mejora de la empleabilidad y la competitividad se  centra en flexibilización de las condiciones de contratación de los modelos formación y aprendizaje y prácticas.

Condiciones de la contratación de formación y aprendizaje

Uno de los requisitos para poder suscribir un contrato de formación y aprendizaje es tener entre 16 y 25 años, o ser menor de 30 hasta que la tasa de paro se sitúe por debajo del 15%. Las personas que pueden firmar este contrato no deben estar en posesión en el momento de la contratación de ningún título universitario,  título de grado medio o superior de FP o una certificación profesional. Este contrato está orientado para que se consiga una certificación académica avalada por una experiencia laboral.

¿Qué propone la CEOE?

Su propuesta  es que no haya límite en la edad del trabajador y extender este contrato a los siguientes grupos:

Libertad al salario de los becarios

Otra de las sugerencias atañe a la contratación de becarios. Los contratos en prácticas exigen por ley que el salario de estos jóvenes no baje del 60% durante el primer año del salario medio que se cobraría en su categoría laboral. La CEOE propone que no se defina normativamente, lo que dejaría a la libre voluntad del empleador la asignación de un  salario al becario y, por otro lado, que no se proteja la jornada para estos empleados noveles y que puedan desempeñar sus funciones en horarios nocturnos o de fin de semana, algo que se impide ahora y que consideran que es uno de los motivos desincentivadores para este tipo de contratación. A cambio, el empleador «podría compensar con días de descanso equivalentes o articular otros mecanismos de compensación».

Otra de las peticiones del escrito hace referencia a la necesidad de que la labor que desarrolle el becario debe estar relacionada con la finalidad de la beca. Defienden, así mismo, que se establezca un periodo en el que tanto empleador como becario puedan libremente desistir del contrato.

Trabajador que disfruta de un contrato de formación y aprendizaje para mayores de 45 años

La reacción de los sindicatos a la propuesta de flexibilización

La respuesta a esta propuesta ha sido inmediata. Desde CCOO opinan que ampliar los contratos de formación y aprendizaje a mayores de 45 sería una forma de extender la precariedad, a la que lamentablemente ya se ven sometidos los jóvenes, a otros colectivos y añadir así una mayor vulnerabilidad. Opinan, además, que ésta no puede ser la fórmula que recoja la necesidad de continua actualización de conocimientos, la formación continua, a la que obligan los nuevos tiempos.

En el año 2017 este tipo de contratos se firmaron entre camareros, dependientes, peones o limpiadores. Los sindicatos creen que esta modalidad no facilita la formación ni la inserción laboral de calidad. Además, señalan que se trata de un tipo de contrato que no contempla la indemnización por despido.

Lo cierto es que esta propuesta se ha enviado exclusivamente a la Secretaría de Estado de Educación y Empleo y no forma parte de los documentos entregados a la Mesa de negociación por la Calidad en el Empleo que lleva reuniendo a sindicatos, patronal y Ministerio de Empleo desde principios del año pasado.

¿Qué opinas sobre la posible extensión de estos contratos? ¿es una medida práctica? ¡Déjanos tu opinión!

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