Con la vuelta a los entornos presenciales o híbridos, es necesario detallar las medidas anticontagio de la COVID que se deben implementar en los centros de trabajo dentro del Plan de Prevención de Riesgos Laborales (PRL). Las medidas serán coherentes con el hecho de que la mayoría de la población adulta esté ya vacunada. Aunque merece la pena conocer y aplicar la ley vigente en relación con la polémica asociada.
Medidas COVID vigentes
Tras la pandemia y las fases restrictivas, el marco normativo es la conocida ley de teletrabajo. Pero, ¿Qué opinan los empleados sobre la reincorporación presencial? En los últimos estudios, más de la mitad de los trabajadores encuestados no están preocupados con la vuelta al espacio presencial de trabajo. Una quinta parte de esta mitad reconoce su tranquilidad, siempre y cuando toda la plantilla esté vacunada. Quienes están preocupados, incluso con vacunas, representan una tercera parte respecto al año anterior.
La implantación de medidas anticontagio es responsabilidad de la empresa, que debe garantizar la salud de la plantilla, así como no perder su confianza. Alguno de estos estudios arrojan datos llamativos, como que casi el 85% de los preguntados estarían dispuestos a realizarse controles diarios para asegurar el espacio COVID free y evitar contagios masivos.
La decisión de reducir el número de personas trabajando en el mismo espacio, organizado, por ejemplo, mediante software que viene del uso de espacios compartidos en coworking, contribuirá a minimizar el ruido y el estrés. Por tanto, estas propuestas añaden valor mejorando la salud mental de la plantilla. Algunas de las medidas conocidas y bien valoradas son, por este orden:
- Uso permanente de mascarillas en espacios cerrados con la mayor ventilación posible.
- Flexibilidad en los horarios de entrada y salida para evitar aglomeraciones.
- Control de temperatura por lector o cámara termográfica.
- Supervisión de aforo en zonas comunes.
- Control de calidad del aire.
- Test de antígenos
- Modelo híbrido, alternando trabajo presencial y en remoto.
- Uso de mamparas y gel hidroalcohólico.
Polémica respecto a la vacunación
Seguro que escucharás a diario noticias al respecto, y cada persona se posicionará a favor o en contra de la obligatoriedad de la vacunación en los lugares presenciales de trabajo. Sin embargo, con la ley en la mano, ahora mismo las empresas solo pueden ofrecer la vacuna por si sus trabajadores, de manera voluntaria, la quieren (artículo 14 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales; Ley de autonomía del paciente 41/2002).
La situación excepcional derivada de la pandemia se ha reflejado en todo el movimiento legal. Los expertos no descartan la adopción de la obligatoriedad de la vacuna en entornos laborales, amparándose en otras leyes de protección de la salud pública como la Ley Orgánica 3/1986 o la Ley Orgánica 4/1981, donde se refiere a la contención de enfermedades infecciosas en estado de alarma, excepción o sitio.
En este contexto, las empresas no discriminarán a los empleados que ejerzan su actual derecho a no vacunarse, pero sí que estos deberán informar de contagios o contactos estrechos con personas infectadas. El objetivo es conciliar intereses comunes y derechos fundamentales, agotando las vías preventivas previas.