Ante un riesgo de rebrote, muchas empresas han optado por hacer controles sanitarios y reconocimientos médicos a su personal para llevar un registro del posible contagio y su alcance. Esto incluye distintas prácticas que pueden llegar a entrar en conflicto con la protección de datos de los trabajadores. Te contamos en qué consisten y qué implicaciones legales tienen.
Reconocer la salud de los trabajadores en la pandemia
Las pruebas que se están realizando en los centros de trabajo son de diverso tipo. Por un lado están los test, que se llevan a cabo en centros médicos concertados con la empresa o se efectúan por personal sanitario dentro de las instalaciones. La práctica de los test rápidos y las serologías se ha terminado desaconsejando por el Ministerio de Sanidad. Por un lado, los test rápidos son poco fiables, con frecuencia dan falsos positivos y, en caso de detectar un positivo real, lo hacen cuando las oportunidades de atajar el contagio ya han pasado. Por otro lado, las serologías detectan si alguien lo ha pasado, pero no pueden certificar su inmunidad frente a una reinfección. Lo más recomendado están siendo las PCR solo a casos sospechosos.
Otra de las medidas frecuentes son las mediciones de temperatura al comienzo de la jornada. Se realiza mediante termómetros por infrarrojos, cámaras termográficas e incluso reconocimiento fácil con termografía. La eficacia de este método también es cuestionable, pues los dispositivos de medición pueden tener imprecisiones muy diversas y arrojar cantidad falsos negativos. También está en cuestión la forma de proceder ante una temperatura alta. Aún así, puede ser una medida eficaz de detección si se une a otra serie de acciones preventivas.
Por último, una herramienta que también está sirviendo para detectar o rastrear casos de COVID-19 son los cuestionarios. En ellos se pregunta si se presentan síntomas (fiebre, tos o dificultad respiratoria) o si se han presentado en las últimas dos semanas, si se ha estado en contacto con alguien que haya dado positivo recientemente o si se han hecho hace poco alguna prueba para detectar la enfermedad.
Estos controles sanitarios ¿son voluntarios?
Según el reglamento vigente, los reconocimientos médicos son voluntarios. Sin embargo, hay una salvedad: que esté en riesgo la salud pública. Y este es precisamente el caso de la pandemia. Un empleado contagiado puede poner en peligro a los demás trabajadores o a personas relacionadas con la empresa. Aún así, no hay nada determinante y habría que ver las situaciones en concreto.
Lo que no se puede es hacer uso de los datos recogidos para otros fines que no sean exclusivamente los relacionados con el contagio por coronavirus. Están protegidos por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). La Agencia Española de Protección de Datos y algunos sindicatos ya ha expresado su preocupación por cómo podrían ser tratados en el lugar de trabajo.