El Mecanismo Red de Flexibilidad y Estabilidad sustituye al Mecanismo de Sostenibilidad de Empleo (MSE) que se venía preparando desde junio. El Mecanismo Red es la nueva figura de ERTE estructural propuesta por el Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en fase de negociación con los agentes sociales. La empresa tendrá que justificar si despide a sus trabajadores antes de aplicar estas herramientas.
Mecanismo Red de Flexibilidad y Estabilidad
El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia enviado a la Comisión Europea para la concesión de ayudas recoge esta nueva modalidad que permite reducir la jornada laboral de los empleados cuando sea por fuerza mayor. Se aplica entonces cuando se produzcan parones de la actividad por razones de carácter imprevisible y ajenas a la voluntad de la empresa. La idea del Ministerio de Seguridad Social es que esta modalidad de ERTE forme parte del marco laboral, pudiendo ser incluido en el Estatuto de los Trabajadores.
El objetivo es reducir el número de despidos y facilitar la movilidad de los trabajadores entre empresas. Si la empresa aplica un despido antes de facilitar un Mecanismo de Sostenibilidad de Empleo (MSE) o un ERTE tendrá que justificarlo y se arriesga a ser sancionada. Aunque en la revisión que se está negociando las empresas que quieran solicitar un Red y disfrutar de ciertos beneficios en materia de cotización deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Mantenimiento del empleo de las personas afectadas por el MSE durante, al menos, los seis meses siguientes a la finalización del periodo de referencia de aplicación del MSE.
- Desarrollo de acciones formativas de una duración mínima en función del número de trabajadores.
- Obligación, en algunos casos, de recolocación del 20% de trabajadores afectados por un MSE.
Nuevo ERTE por fuerza mayor
La nueva propuesta plantea tres modalidades dentro de este Mecanismo Red de Flexibilidad y Estabilidad en el Empleo:
- De Fuerza Mayor: equivalente al ERTE por causas de Fuerza Mayor, que contempla que se repartan los costes entre la empresa y los trabajadores. Está dirigido a empresas en situación excepcional de gran gravedad como la vivida con la pandemia. Mantiene el esquema de bonificaciones.
- De Causas estructurales: pensado para crisis sectoriales. Obliga a las empresas a aplicar un plan de recolocación de los trabajadores afectados pero podrán beneficiarse de bonificaciones en cotizaciones sociales durante seis meses. El requisito en este caso es que los empleados sean indefinidos o fijos discontinuos. La empresa de la que salga el empleado pagará un 50% del coste de su despido al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), de tal forma que la empresa que lo integre no tenga que asumir todo el coste de una hipotética salida.
- Sectorial de causas cíclicas: los parámetros de aplicación están en proceso de negociación en la actualidad. En el primer borrador del Ministerio de Trabajo se exigían unos compromisos mínimos a la empresa: mantenimiento del empleo, no realizar nuevas contrataciones, ni externalizaciones, ni dar horas extras a otros empleados mientras esté vigente. Por último, el periodo de consultas entre la empresa y la representación de los trabajadores pasará de ser de 7 a 15 días.