El objetivo del salario es que sea justo, es decir, suficiente para cubrir las necesidades materiales y llevar una vida digna. Esta definición de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) es relativa. En este sentido, el plus ad personam es un complemento a la nómina de carácter subjetivo, que debe estar justificado para cumplir con la transparencia salarial. Está relacionado con los cambios en las tablas salariales y regulado por los convenios colectivos.
El plus ad personam en la nómina
En bastantes convenios colectivos se observa que el plus de antigüedad ha desaparecido o está en trámites de desaparición. Sin embargo, de cara a sostener el buen clima laboral en la plantilla, se determina su mantenimiento para los trabajadores que ya lo venían percibiendo, y para los de nuevo ingreso se crea un concepto salarial denominado ad personam o complemento personal.
Este complemento está ligado a los cambios en las tablas salariales. Suele estar regulado en el convenio colectivo. Y se les aplica a aquellos empleados que ingresaban un salario base superior al establecido en las nuevas tablas salariales. Gracias al plus ad personam, se solventa la diferencia entre el salario real y la nueva retribución. Con la subida del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) de este año, una de las dudas era si los complementos personales se verían afectados. Parece haber acuerdo en afirmar que estos complementos no computan como salario mínimo y, en consecuencia, no se pueden usar para compensar la posible subida.
Este tipo de complemento se considera consolidables, es decir, adquieren condición de derecho adquirido. Por lo tanto, su pago no podrá ser modificado ni suprimido por decisión unilateral de la empresa. Es el convenio colectivo el que establece el carácter consolidable de un concepto retributivo. Con carácter general este plus no es absorbible ni compensable.
Ventajas e inconvenientes de este complemento
Entre las obligaciones del registro salarial recogido en el RD Ley 6/2019 que modificó en su día el artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores, es necesario detallar todos los complementos que se incluyen en la nómina. El artículo 3 de la norma establece que los convenios colectivos a partir de ahora tendrán que integrar y aplicar el principio de transparencia retributiva, de forma que permita obtener información sobre los aspectos que componen la retribución de los trabajadores. Por tanto, si vas a incluir o traducir un antiguo complemento en el plus ad personam, debes asegurarte que está justificado.
Esta desventaja a nivel de tiempo empleado en la elaboración y registro de las nóminas, supone una mayor ventaja en cuanto que es una herramienta para optimizar la retribución flexible. En estos reordenamientos salariales, por los motivos expuestos al inicio del post, es importante garantizar la seguridad financiera de la plantilla. De ahí, que junto con otras retribuciones en especie, el plus ad personam suponga un beneficio para atraer y retener el talento, transmitir el compromiso con la equidad por parte de la organización y mejorar el employer branding.