Esta es una duda que muchas veces surge. Ante una nueva contratación son varios factores los que hay que tener en cuenta. Las retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o IRPF en nómina son progresivas, según los tramos de salario, y variables, según las circunstancias de los trabajadores. Aunque hay un mínimo fijo del 2% que no se puede negociar y que la empresa está obligado a retener, en condiciones generales.
Calcular el IRPF en nómina
Con el objetivo de contribuir al bien común, de las nóminas de los trabajadores se retiene una cantidad. Es el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o IRPF. Este es un impuesto que grava el sistema tributario español sobre las ganancias y pérdidas patrimoniales obtenidas en un año natural por el contribuyente. La Agencia Tributaria dispone de una herramienta online para calcular con qué porcentaje optimiza dicha retención de tal manera que en el resultado anual quede equilibrado.
El procedimiento se basa en el artículo 80 y siguientes del Reglamento del IRPF. Para realizar este cálculo, existen tres datos básicos que debes tener en cuenta:
- El importe satisfecho, es decir, el importe íntegro de la retribución y por qué concepto.
- El tipo de retención, que resulta de dividir la cuota entre la base de retención y multiplicar el resultado por 100. No puede ser negativo y ha de ser siempre superior al 2% en caso de contratos de menos de un año de duración.
- En el caso general, las circunstancias del trabajador, recogidas en el modelo 145. Varía en función de si está casado, soltero, viudo, separado o divorciado, de las rentas del cónyuge en el caso de haberlo y del número de hijos.
La base de la retención, en general, será la suma de las retribuciones fijas y variables que se prevé pagar a lo largo del año natural. Aquí debes tener en cuenta que las retribuciones en especie se incorporan por su valor, sin incluir el importe del ingreso a cuenta.
Primer año y cambios posteriores
La retención se ajusta a las circunstancias específicas de cada trabajador incluyendo la duración de la contratación. Procede regularizar el tipo de retenciones de los trabajadores ante variaciones durante el año de las retribuciones o de los gastos deducibles de los rendimientos del trabajo. Para ello, lo primero que debes hacer es consultar la tabla de retenciones actualizada en 2022. Así han quedado los tramos del IRPF en 2022 para las rentas del trabajo (nóminas):
- Hasta 12.450 euros: 19%.
- De 12.450 euros a 19.999 euros: 24%.
- De 20.200 euros a 35.199 euros: 30%.
- De 35.200 euros a 59.999 euros: 37%.
- De 60.000 euros a 299.999 euros: 45%.
- A partir de 300.000 euros: 47%.
La empresa está obligada a hacer la retención del IRPF en la nómina de los trabajadores, conforme a los tramos establecidos. También debes informarles de dicha retención e ingresar en Hacienda esos importes. De igual modo, los empleados no pueden elegir el IRPF de la nómina, es decir, no pueden indicar que no se les retenga, porque es un adelanto que paga la empresa en el nombre del trabajador a Hacienda. Lo que sí puede solicitar el contribuyente es que aumente el porcentaje de tributación, si por ejemplo tiene otros pagadores y quiere ajustar el resultado de la RENTA.