El Plan de Prevención de Riesgos Laborales (PRL) es un documento obligatorio para las empresas. Fomentar una auténtica cultura preventiva es responsabilidad, en primer lugar, de la organización. En el diseño de esta herramienta debes incluir datos que identifiquen a la empresa, organigrama, procesos y prácticas. Clave es señalar los recursos humanos necesarios para su implementación. Garantizar la seguridad laboral y evitar accidentes es un derecho de los trabajadores.
Lo básico sobre el plan de prevención de riesgos laborales
El plan de prevención de riesgos laborales es definido por el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST) como “la herramienta a través de la cual se integra la actividad preventiva de la empresa en su sistema general de gestión y se establece su política de prevención de riesgos laborales”. Este documento debe incluir:
- Identificación de la empresa, con su actividad productiva.
- Número de trabajadores y el organigrama que ordena las responsabilidades
- Concreción de procesos técnicos, prácticas y procedimientos preventivos que garanticen la seguridad de los trabajadores.
- La política, los objetivos y metas que pretende alcanzar la empresa, así como los recursos humanos, técnicos, materiales y económicos de los que va a disponer al efecto.
En el número 2 del artículo 16 de la ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, se especifica que los instrumentos necesarios para desarrollar la gestión y aplicación del plan de prevención de riesgos, son:
- Evaluación de riesgos
- Planificación de la actividad preventiva
El plan de prevención debe conservarse a disposición de la inspección de trabajo, la autoridad laboral, las autoridades sanitarias y de los representantes de los trabajadores. Además es obligatorio informar y formar a los trabajadores de los riesgos y materias preventivas, tanto de su puesto de trabajo como de las medidas de emergencia o evacuación cuando proceda. Debes ofrecer la posibilidad del reconocimiento médico, como vigilancia de la salud, y llevar una planificación de la actividad preventiva también.
Pasos para diseñar el plan de PRL
En el caso de tratarse de una persona autónoma hay que distinguir entre aquel que tiene personal a su cargo y quienes no lo tienen. Dentro de este último grupo también hay que valorar si se ven afectados por la normativa sobre Coordinación de Actividades Empresariales. En este supuesto deberá aportar información sobre los riesgos que sus actividades o equipos implican para los trabajadores de las otras empresas con las que colaboran.
En el caso de tratarse de una organización que se acoja a la modalidad preventiva de Asunción por el Empresario, debe tener menos de 10 trabajadores. O, para el caso de que haya un único centro de trabajo, un máximo de 25 trabajadores. La persona responsable debe contar con formación en materia preventiva y designar a uno de sus trabajadores para liderar el plan en el centro de trabajo. También podrá contratar a un servicio de prevención ajeno cuyo técnico elabore y ponga en marcha el plan de PRL. Así como el seguimiento y evaluación del mismo. Recuerda que las infracciones en materia de prevención de riesgos laborales se categorizan en leves, graves y muy graves. Estas oscilan desde 40 euros hasta 819.780 euros.