Javier Gutiérrez Bernal, Abogado de la oficina de MA Abogados Mallorca, plantea en este artículo cómo está afectando a las empresas la nueva figura del Expediente de Regulación Temporal de Empleo por Fuerza Mayor por rebrote (ERTE por FM).
La esperanza del mes de junio, que llegó a traducirse en entusiasmo durante el mes de julio, se ha quedado en un triste fogonazo de ilusión, apagado rápidamente a medida que la curva de contagios se ha ido disparando por toda España hasta descontrolarse.
Las restricciones para viajar a España adoptadas por las autoridades gubernativas de los principales mercados emisores, Reino Unido y Alemania, seguidas del dictado de otras medidas limitativas de ámbito autonómico o estatal (como el cierre del ocio nocturno o las restricciones en restauración), han llevado a las empresas que valientemente se lanzaron a reactivar la actividad económica del país a despertarse del sueño de la recuperación, devolviéndolas a la pesadilla de la pasada primavera.
El nuevo ERTE por Fuerza Mayor por rebrote
El Gobierno, en previsión, creó la figura del Expediente de Regulación Temporal de Empleo por Fuerza Mayor por rebrote, para que las empresas que recuperasen su actividad pudieren acogerse a él, por razón de la adopción de nuevas restricciones o medidas de contención, ¿qué se entendería por nuevas restricciones?
Recientemente, desde las Islas Baleares, se dictó una Instrucción señalando que, para las empresas del sector turístico y actividades accesorias tiene cabida en el concepto de “nuevas restricciones” las decisiones adoptadas, entre otros, por la Unión Europea, autoridades gubernamentales de países emisores, mercados de touroperación u operadores de conectividad aérea.
Y me pregunto: ¿Puede equipararse la situación actual a la vivida en el mes de marzo? ¿Nos encontramos ante un escenario que pueda tener cabida dentro del concepto tradicional de “fuerza mayor”?
Pues bien, en mi opinión resulta muy forzado, entendiendo que supuestos como los señalados casan mejor con una causa productiva.
¿Realmente era imprevisible que subiera la cifra de contagios? ¿Realmente pensábamos que no sería posible que Gobiernos extranjeros impusieran cuarentenas a los turistas que vinieran a visitarnos? ¿Realmente creíamos ciegamente que no sería necesario adoptar nuevamente medidas de restricción de la actividad? ¿No podía un empresario, con un nivel de diligencia razonable, pensar que quizás todo esto podría volver a ocurrir?
¿Son los ERTE por FM la solución o parte del problema?
No le acabo de ver el sentido a esta figura.
Como no acabo de comprender por qué se obliga a las empresas que han recuperado su actividad sin renunciar al Expediente de Regulación Temporal de Empleo por Fuerza Mayor, a tramitar ahora un nuevo ERTE por rebrote.
Tampoco he llegado nunca a entender por qué se obligó a las empresas que recuperaron totalmente su actividad, y se animaron a realizar nuevas contrataciones, a renunciar al ERTE por FM.
Pienso en el nuevo colapso al que se abocan inevitablemente las gestorías, las diferentes autoridades laborales y, esta vez también, la Inspección de Trabajo, … y cómo se podría haber evitado con un mínimo nivel de diligencia razonable.
Creo que estamos obsesionándonos con la figura de los ERTE o con el concepto de fuerza mayor, forzado -valga la redundancia- por la figura a la que hacen referencia estas líneas.
¿Tiene sentido prohibir los despidos?
Tal vez habría que empezar a pensar en que lo realmente importante no son los datos de la próxima EPA. Que no tiene sentido prohibir los despidos objetivos y los colectivos en empresas que lo necesitan. O prolongar artificialmente la duración de los contratos eventuales.
Tampoco me resulta aceptable que se mantenga la incertidumbre sobre las consecuencias del incumplimiento de la famosa cláusula de salvaguarda del empleo. Asumamos de una vez que va a haber muchos despidos. Y dejemos de soñar en una «recuperación en V», prolongando la ficción de los ERTE con prórrogas «sine díe», o creando figuras extrañas e innecesarias como el ERTE por rebrote, las cuales llevan camino de ser recordados como el Plan E de 2008.
Y protejamos a los trabajadores con una cobertura extraordinaria por desempleo o un IMV mientras sea posible. Pero siempre dejando flexibilidad a las empresas para adoptar las medidas que necesiten para salvarse.
Si quieres ampliar información en esta materia consulta en este enlace el artículo «¿Hasta cuándo los ERTE?» de Javier Gutiérrez Bernal (MA ABOGADOS) que te ofrece Capital Humano, la publicación de referencia en gestión de RRHH: dirección, organización, selección, formación, gestión del talento, motivación…