El Estatuto de los trabajadores es un texto fundamental para empresas y trabajadores en España. Es el marco regulativo que sirve para trabajar en la legalidad, junto con los convenios colectivos. Los últimos cambios tienen que ver con el teletrabajo y con el derecho a la desconexión. Por ejemplo, el artículo 19 sobre seguridad y salud en el trabajo o el 20bis sobre la garantía de intimidad son imprescindibles para regular la jornada laboral actual. Te contamos qué aspectos fundamentales debes conocer cómo experto en RRHH.

El Estatuto de los Trabajadores como marco

El Estatuto de los Trabajadores es el marco legislativo en el que se regulan los derechos y deberes laborales en España, desde las condiciones de trabajo del contrato laboral hasta las vacaciones y permisos. A esta regulación genérica hay que añadir la recogida en los convenios colectivos de cada sector. Ambos trabajan por evitar los conflictos de intereses entre las compañías y los trabajadores. Hay que tener en cuenta también la última actualización del Estatuto de los Trabajadores que se refleja en la normativa. Por ejemplo, para adaptarlo a la nueva realidad con teletrabajo y la jornada laboral híbridas habrá que acudir al Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre.

Los artículos 20 bis. y 47 han cobrado protagonismo en los últimos meses. El primero versa sobre los derechos de los trabajadores a la intimidad en relación con el entorno digital y a la desconexión: “Los trabajadores tienen derecho a la intimidad en el uso de los dispositivos digitales puestos a su disposición por el empleador, a la desconexión digital y a la intimidad frente al uso de dispositivos de videovigilancia y geolocalización en los términos establecidos en la legislación vigente en materia de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales”.

El segundo, sobre la “suspensión del contrato o reducción de jornada por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor”. Es decir, los famosos ERTE.

 

Guía esencial para RRHH

De obligado cumplimiento, según la Constitución, se puede decir que el Estatuto de los Trabajadores marca unos mínimos legales en cuestión de derechos. Tanto la plantilla como la empresa es la responsable de que se garanticen esos derechos. Así, el personal de RRHH deben conocer perfectamente esta normativa. Entre los hitos conquistados que merecen la pena destacar están los siguientes:

  • Jornada laboral de 40 horas semanales.
  • Derecho del trabajador a descansar al menos un día y medio por semana.
  • Desconexión laboral durante al menos 30 días naturales por el periodo vacacional.

Una de las últimas derogaciones está relacionada con el despido por absentismo en el artículo 52d. Este artículo permitía a empresarios rescindir el contrato de cualquier trabajador de la plantilla argumentando despido objetivo si este acumulaba bajas médicas, aunque fuesen justificadas. Concretamente si estas alcanzaban el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, el 25% en cuatro meses discontinuos a lo largo de un año o el 5 % de las jornadas hábiles en doce meses.

Durante la pandemia, uno de los artículos más consultados ha sido el 19 sobre seguridad y salud en el trabajo. También debes conocer el capítulo IV sobre infracciones y sanciones. La sección primera está dedicada a los empresarios y la segunda a los trabajadores. Y, por supuesto, la sección cuarta del capítulo II dedicada a salario y garantías salariales. Aquí se establece el marco del salario mínimo.