El concepto de accidente laboral in itinere es un término que suele generar numerosas dudas en los departamentos de RRHH. Por ello, consideramos importante aclararte qué se incluye dentro de esta categoría. La Ley General de la Seguridad Social considera que estos accidentes laborales son aquellos que se producen en los desplazamientos que el trabajador realiza para ir desde la residencia habitual al centro de trabajo y para volver del mismo.
¿Qué se considera centro de trabajo y residencia habitual?
Para comenzar, hay que tener claros estos dos conceptos de cara a un posible accidente in itinere:
- Centro de trabajo. Es aquel donde el trabajador debe permanecer o acceder por motivos de trabajo. Esto quiere decir que un accidente de estas características no se sufre solamente cuando se va o vuelve de la empresa en cuestión, sino que también puede producirse cuando se visita a un cliente o un proveedor por motivos profesionales, etc.
- Residencia habitual. Según las interpretaciones jurídicas de los últimos años, la residencia habitual es el punto normal de partida o de llegada de un trabajador en su jornada laboral. Por ello, se puede considerar accidente in itinere a aquel que se produzca, por ejemplo, al ir del centro de trabajo a un restaurante para comer o hasta la residencia donde se suelen pasar los fines de semana.
Requisitos para que un accidente sea considerado in itinere
Para que un accidente sea considerado in itinere tiene que cumplir ciertos requisitos:
- Requisito cronológico. Estos accidentes deben ocurrir dentro de un tiempo razonable a las horas de entrada y de salida del centro de trabajo. Tiene que haber un margen lógico.
- Requisito teleológico. Tiene que producirse en un desplazamiento exigido por el propio trabajo, siendo una obligación la realización del mismo.
- Requisito mecánico. El medio de transporte empleado tiene que el ser el adecuado para realizar el desplazamiento.
- Requisito topográfico. Cuando acontece en el trayecto habitual o en los desvíos exclusivamente hechos para poder conciliar la vida personal y profesional.
Recuerda que la imprudencia temeraria por parte del trabajador puede hacer que el accidente no sea considerado como in itinere.
Cómo proceder desde RRHH ante este tipo de accidentes laborales
A diferencia de los accidentes dentro del centro de trabajo, en los accidentes in itinere es necesario que el trabajador pruebe que el suceso ha ocurrido durante el desplazamiento de la residencia habitual al centro de trabajo o viceversa, cumpliendo con los requisitos anteriormente mencionados.
Por ello, lo recomendable es que el trabajador tenga pruebas que corroboren la información aportada, como puede ser un parte policial o de los servicios médicos. Además, tendrá que informar al departamento de RRHH del hecho acontecido y acudir a la Mutua para que reciba la correspondiente asistencia sanitaria.
Discernir si un accidente laboral es in itinere o no es importante de cara al salario que hay que asignarle al trabajador durante su baja. Así, si se trata de un accidente común, el trabajador recibirá el 60 % de la base reguladora desde el cuarto hasta el vigésimo día, pasando a ser el 75 % a partir de ese momento en adelante. En cambio, tras un accidente laboral in itinere, el trabajador recibirá el 75 % de la base a partir del siguiente día al de la baja en el trabajo.
Como puedes comprobar, desde el departamento de RRHH hay que discernir muy bien el tipo de accidente laboral que tiene el trabajador y las causas que lo han producido. Por ello, implantar una correcta política de prevención de riesgos laborales es determinante para toda empresa.