Las modalidades de contratación en España están reguladas a través del Estatuto de los Trabajadores, modificado por última vez en la Reforma Laboral de 2012. Conocer cuáles son exactamente puede resultarte enormemente interesante para actuar siempre en función de la ley y de las necesidades de tu compañía.

Principales modalidades de contratación

A continuación, te hablamos de las distintas modalidades de contratación de las que dispones para que puedas decidir cuáles resultan más convenientes en cada caso para tu empresa:

  • Contrato indefinido

El contrato indefinido no establece una finalización en la prestación de los servicios profesionales. Puede ser a jornada completa, con horario limitado o incluso en modo fijo discontinuo. El Gobierno establece una bonificación en las cuotas a la Seguridad Social por contingencias comunes durante 24 meses que, en empresas de menos de 10 trabajadores, se prolonga hasta los 36. En lo que respecta a los incentivos, si la contratación es a tiempo completo, los primeros 500 euros correspondientes a la base de cotización están exentos de cotización empresarial. Por su parte, si la contratación es a tiempo parcial la cuantía se reducirá en proporción al porcentaje de trabajo.

La contratación indefinida es recomendable para trabajadores que han demostrado su valía durante varios meses en cualquier sector, de manera que podrás garantizarles cierta seguridad y, de este modo, conseguir fidelizar talento.

  • Contrato temporal

Un contrato temporal destaca por tener una finalización establecida para la prestación de servicios. Es importante que sepas que, si no comunicas con una antelación mínima de 15 días la intención de no renovar, se entenderá automáticamente prolongado. No se pueden encadenar contratos temporales durante más de 24 meses consecutivos o en un plazo máximo de 30 meses. Si eso sucede, es obligatorio cambiar a la modalidad indefinida.

La modalidad contractual del contrato temporal te interesa en el caso de que tengas picos de actividad localizados en determinadas épocas del año y no conozcas bien el desempeño de la persona. Es habitual en la industria de hostelería y turismo.

Modalidades de contratación: conócelas todas

  • Contrato en prácticas

El contrato de prácticas está, por definición, limitado al tiempo necesario para que un nuevo trabajador adquiera las habilidades necesarias para su profesión. Solo pueden acceder a él titulados universitarios o de ciclos formativos (tanto de grado medio como de grado superior) que no hayan adquirido el título un máximo de 5 años antes o de 7 en el caso de las personas con discapacidad. La duración del contrato debe tener una duración mínima de 6 meses y máxima de 2 años.

Si buscas rejuvenecer la plantilla, el contrato de prácticas es una buena opción que, además, te permitirá encontrar talento. Esta alternativa es habitual en oficinas.

  • Contrato para la formación y aprendizaje

El contrato para la formación y aprendizaje cumple la función del contrato de prácticas en aquellas personas que no tienen la suficiente cualificación. Está pensado para personas de entre 16 y 25 años (aunque recientemente la CEOE ha solicitado poder hacerlos también a mayores de 45) sin experiencia previa y tiene una duración de entre 6 meses y 3 años. Una vez concluido este tiempo, el contrato se vuelve indefinido. La empresa tendrá derecho a bonificaciones en las cuotas empresariales de hasta el 100% y contará con la financiación de la formación.

Esta modalidad es interesante si buscas nuevos trabajadores con recorrido en tu empresa que aprendan a utilizar vuestra metodología y está orientado al aprendizaje de trabajos de poca cualificación.

Conocer bien las distintas modalidades de contratación es fundamental porque, a medio plazo, te puede evitar muchos problemas derivados del desconocimiento. Así, con estas pautas, te resultará más fácil realizar una política de captación de Recursos Humanos mucho más racional. Y recuerda que, si estás buscando candidatos, nosotros podemos ayudarte. ¡Publica tu oferta!