En poco tiempo, España ha pasado de ser un país en el que la posesión de un título universitario era privilegio de unos pocos, a ser el miembro de la Unión Europea con mayor porcentaje de titulados universitarios entre sus habitantes. Evidentemente, esto ha rebajado el valor de la carrera universitaria de cara al mercado laboral –como en casi todo, la ley de la  oferta y la demanda impone sus dogmas–.

Según un estudio realizado por Page Personnel, empresa dedicada a trabajo temporal especializado y selección directa de mandos intermedios, «poseer un título universitario ya no es garantía para obtener un puesto de trabajo. En un ámbito cada vez más competitivo, la experiencia profesional se ha convertido en un factor clave para poder acceder a un empleo». O sea, que además de con la orla universitaria, el recién licenciado habrá de entrar en el mercado laboral demostrando horas de vuelo en una empresa de verdad. Tampoco vale cualquier contrato o cualquier empresa. El tipo de trabajo que se va a desempeñar, el entorno laboral o el horario –a menudo hay que compatibilizar trabajo y clase– son variables que debemos tener en cuenta a la hora de elegir dónde hacer esas prácticas.

Según Ignacio de la Torre, Executive Manager de Page Perssonel, «es importante que las tareas que, desde la empresa, se le vayan a encomendar al trabajador no sean puramente administrativas o burocráticas. El trabajo tiene que estar cargado de contenido, el aprendizaje tiene que ser práctico, útil para preparar la futura vida laboral del trabajador. Eso es mucho más importante que la remuneración que vayas a recibir. Mes a mes, las tareas que se encomienden deben multiplicarse, de manera que la persona acabe teniendo una formación lo más completa posible».

Así pues, y resumiendo los puntos del estudio, para sacar el máximo provecho a unas prácticas laborales, el trabajador habrá de ser proactivo, es decir, no debe esperar a que se le asigne una tarea, hay que adelantarse a lo que se le pueda pedir. Pero, además, tiene que ser flexible: «Es importante ofrecerse si el jefe necesita algo urgente», aconsejan en el informe.

También hay que poseer una buena dosis de predisposición al aprendizaje –aprender no solo del superior, sino de toda la oficina–. Una buena  preparación también es un punto importante. Por ejemplo, «hay que tomar notas de lo que se hace, para, luego, repasar en casa y asentar conceptos». Y  no está de más ser versátil, multitarea: «hay que fijarse en las tareas que hacen los compañeros y aprender una nueva cada día».

Trabajador en prácticas

Julio Fernández Garrido, Profesor Titular del Departamento de Psicología Diferencial y del Trabajo de la Universidad Complutense de Madrid, y director de la Escuela Profesional de Relaciones Laborales, cree que solo es parcialmente efectivo el contrato en prácticas en España. «Depende de especialidades y niveles educativos. En la formación profesional está siendo, por lo general, útil, mientras que en la formación universitaria, son más comunes los abusos de esta fórmula en algunos campos laborales, como por ejemplo, en los medios de comunicación, la consultoría o el Derecho», opina Garrido.

En opinión del profesor de la Complutense, se suele utilizar la figura del trabajador con contrato en prácticas cómo un falso becario, «lo que, a su vez, provoca que no se generen contratos de otra naturaleza. El efecto negativo de estas prácticas es mayor en el ámbito universitario que en la Formación Profesional, donde sí tienen más utilidad porque se equipara a la figura del antiguo aprendiz».

Según Garrido, «esto se da tanto en el ámbito público como en el privado. La figura del voluntario sustituyendo un puesto de trabajo, por ejemplo, da la imagen de ser un sector de trabajo muy poco deseable». En la regulación de los contratos en prácticas, en palabras de Garrido, las Asociaciones y Colegios Profesionales deberían tener un mayor peso, a fin de evitar fraudes y abusos. «Debería establecerse una sistematicidad mayor, a fin de clarificar la cualificación y la clasificación de los distintos niveles profesionales. Esto debería salir del acuerdo de asociaciones profesionales, instituciones educativas de referencia y Administración», dice el experto.

¿Y cuáles son las características de un buen contrato en prácticas? «Debería tener muy claramente definidas las actividades formativas y educativas, así como el nivel de conocimientos de entrada y de salida por parte del trabajador, lo cual debería estar incluido dentro de las negociaciones colectivas, a fin de involucrar a patronal y sindicatos», aclara Garrido.

También, y para evitar fraudes, el profesor universitario cree necesario delimitar las figuras del becario y del trabajador en prácticas: «El becario está desarrollando una formación educativa que no ha concluido, especificando las actividades que va a desarrollar para mejorar sus competencias, sin olvidar que debe hacer, con su trabajo, un aporte productivo en la empresa para la que trabaje.. aunque sin hacer de él la figura del ‘oye, ve’…». O sea, que quien ya ha concluido su formación no puede ser asimilado a un contrato de becario. «El trabajador en prácticas  debe servir para cubrir las lagunas existentes entre la formación académica y la vida laboral, no para que la empresa abarate costes», sentencia Garrido.

En esto, como en otras cosas, aún tenemos un largo camino que recorrer hasta llegar al nivel de Europa. Y, en lo referente a la formación profesional de los licenciados, Bolonia podría ser una buena oportunidad para delimitar estos contratos y recatalogar empleos y cualificaciones.

El falso becario

La indefinición entre las figuras del becario y del trabajador en prácticas desemboca, según Garrido, en la consolidación de la figura del «falso becario». «Aunque es una situación que se repite a menudo, la sociedad ha terminado por validarla de hecho», explica.

Otras irregularidades son el contrato por debajo de la cualificación real, «aunque –según Garrido– las labores que finalmente se asignan al trabajador no suelen ser las inicialmente demandadas, sino superiores. Se contrata a alguien como administrativo y luego se superan las labores ordinarias de un administrativo».

A esto habría que sumar irregularidades en el finiquito, no dar de alta al trabajador en la Seguridad Social, hacer firmar bajas voluntarias para luego coaccionar al trabajador ante un despido, encadenar contratos de prácticas en los que no se modifica la tarea… «Estos fraudes, sin ser algo cotidiano, sí que forman parte de una realidad presente», finaliza el profesor de la Complutense.