Dos de los requisitos que más suelen repetirse en las ofertas de empleo son la edad del candidato y sus años de experiencia en el sector o en un puesto similar al ofertado. La franja que más se demanda es la que va de los 26 a los 35 años. Pasada esa edad, las posibilidades de conseguir un empleo descienden a medida que los candidatos suman más años. Algo paradójico si tenemos en cuenta que con 45 años un trabajador suele estar en la plenitud de su carrera profesional. Sin embargo, las cifras demuestran que encontrar trabajo a partir de esta edad es cada vez más difícil. Por eso, se han puesto en marcha medidas extraordinarias para animar a la contratación de este colectivo ¿quieres saber cuáles son?

Independientemente de la edad

Los años de crisis han dejado una cifra de desempleados todavía muy alta: 4.150.755 personas en el mes de enero, al cierre de la campaña de Navidad. Se requieren medidas específicas para incentivar la contratación y que se generen más empleos.

Una de estas medidas es la exención mínima. Si el contrato del nuevo trabajador va a ser indefinido, no importa la edad que tenga, los primeros 500 euros del salario del trabajador estarán exentos de cotizar a la Seguridad Social. De esta bonificación se puede beneficiar la empresa durante 2 años, o 3 si tiene menos de 10 trabajadores, y estará vigente hasta el 31 de agosto de 2016. Si la jornada es parcial, la reducción irá en proporción a las horas que se trabaja.

El colectivo de los mayores de 45

Para las empresas pequeñas o de menos de 50 empleados, contratar a un nuevo trabajador supone una inversión importante. Con el fin de allanar el camino, hay una medida dirigida a estas compañías: podrán bonificarse desde 1.300 €/año si contratan a un hombre o a una mujer y hasta 1.500 €/año si es una mujer que trabaja en un sector donde no se suele emplear a mujeres y, por tanto, está subrepresentadas. Eso sí, en ambos casos tienen que ser mayores de 45 años y se les debe hacer indefinidos. Esta facilidad se dará durante los primeros 3 años de contratación. La vigencia de la medida se acabará en cuanto la cifra de paro descienda por debajo del 15%.

Por otro lado, si una empresa de este tipo contrata a un trabajador mayor de 52 años que está recibiendo un subsidio por desempleo y le ofrece una jornada completa y la modalidad de indefinido, también recibirá la bonificación que hemos mencionado y, además, el trabajador lo podrá combinar con el cobro de una parte del subsidio.

Con el fin de fomentar la contratación y facilitar el crecimiento y la estabilidad del emprendimiento, se puso en marcha también un incentivo del que se pueden beneficiar las compañías hasta que el paro no descienda del 15%. Si un nuevo proyecto de emprendimiento contrata de manera indefinida a un trabajador mayor de 45 años, se aplicará una reducción del 100% en la cuota de la Seguridad Social durante el primer año.

Por último, y esto vale para cualquier tamaño de empresa, si se contrata a una persona mayor de 65 años con 38 años y 6 meses de cotización efectiva a la Seguridad Social (o bien tiene 67 años y 37 de cotización) con un contrato indefinido, la compañía se podrá beneficiar de una reducción del 100% en la cuota empresarial por contingencias comunes.

Mayores de 45 con discapacidad

Las personas con discapacidad ya cuentan con una traba que les dificulta el acceso al mercado laboral. Si, además, han cumplido los 45, su inserción es todavía más difícil. Por este motivo se puso en marcha una medida para la contratación indefinida y otra para la temporal:

  • Si se contrata a una persona con discapacidad mayor de 45 años con un contrato indefinido, hay una bonificación de 5.700 €/año durante toda la vigencia del contrato. En el caso de que el grado de la discapacidad sea severo, esta cantidad asciende a 6.300 €/año.
  • Si a esta misma persona se le hace un contrato temporal, las bonificaciones irán desde los 4.100 €/año por contratar a un hombre y 4.700 €/año si es una mujer hasta los 4.700 €/año de un hombre con discapacidad severa o 5.300 €/año en el caso de que sea mujer. La bonificación no se pierde mientras dure el contrato.

Hasta aquí te hemos hablado de las ayudas que se perciben a través del Estado. Sin embargo, las comunidades también disponen de incentivos para mejorar la incorporación al mercado de trabajo de los mayores de 45 años. En muchos casos son compatibles con las medidas estatales; por lo general, cuando no sobrepasan el 100% de bonificación.