A finales del pasado mes de abril, el Consejo de Ministros aprobaba el Real  Decreto-Ley de Medidas para la Regularización y Control del Empleo Sumergido, que fija el 31 de julio como la fecha límite para que los empresarios españoles contraten a sus trabajadores irregulares sin ser penalizados. A partir de agosto, las sanciones serán más duras si son descubiertos en una inspección.

El empleo sumergido es una práctica tan extendida como ilegal, tan usual como perseguida, y tan conocida como poco solidaria. Cientos de empresas en toda España pagan a sus trabajadores en «b» –de «black», negro en inglés– para ahorrar costes. Así, los empresarios no pagan las cuotas correspondientes a la Seguridad Social, pero los empleados no firman un contrato de trabajo, ni pueden beneficiarse de seguro médico ni convenio colectivo alguno. Sin embargo, algunas empresas de su más directa competencia cumplen a rajatabla con sus obligaciones fiscales y laborales, situándose así en una posición económicamente mucho menos competitiva. Además, las arcas públicas se resienten notablemente cuando dejan de recibir los pagos en concepto de seguros sociales de todas esas empresas.

Según algunos estudios, el total de la economía sumergida en España podría alcanzar cifras en torno a un 20% del Producto Interior Bruto, suponiendo el empleo irregular una tercera parte del total. No obstante, fuentes del Ministerio de Trabajo indican que «nuestro país no se señala especialmente por tener un volumen de empleo sumergido superior al resto de países europeos. Estamos más o menos en la media europea e incluso por debajo de algunos países».

A tenor de los datos arrojados por la EPA (Encuesta de Población Activa), realizada por el Instituto Nacional de Estadística, en España existe actualmente una población ocupada de 18.408.200 personas, de las que 17.347.094 se encuentran afiliados a la Seguridad Social. La diferencia, de más de un millón de personas, pone de manifiesto la gran cantidad de gente que, aun ejerciendo una actividad laboral remunerada, no declara esos ingresos.

Luchar contra el fraude

Los técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha) apuntan a que este tipo de empleo podría representar el 8% del PIB nacional, superando los 82.000 millones de euros. Debido a su gravedad y a las numerosas caras que plantea la cuestión, era necesaria la puesta en marcha de una iniciativa dedicada a luchar contra el empleo sumergido. Para el Ministerio de Trabajo, precisamente, «el plan encuentra su fundamento en los efectos negativos del empleo sumergido o no declarado para el mercado de trabajo, por la competencia desleal que tales situaciones generan respecto de la gran mayoría de las empresas españolas que actúan en el marco de la legalidad común, así como para las posibilidades de recuperación económica y de logro de los objetivos nacionales de reducción del déficit público. Además, servirá para incrementar el sistema de protección social y garantías de los trabajadores».

Las medidas de Regularización y Control del Empleo Sumergido constituyen una iniciativa que pretende que las empresas puedan regularizar a aquellos trabajadores que tengan ocupados sin estar dados de alta en la Seguridad Social. Según fuentes de Trabajo, el proceso constará de dos fases: «En la primera, hasta el 31 de julio, los empresarios que ocupen trabajadores de forma irregular podrán regularizar su situación solicitando su alta en la Seguridad Social en el Régimen correspondiente sin recibir sanciones, mientras que la segunda conlleva, desde el 1 de agosto, un endurecimiento intenso de las sanciones que pueda impulsar el proceso de regularización. Así, todas las sanciones se intensifican, duplicándose e incluso multiplicándose por cinco en alguno de los casos».

El Ministerio quiere, asi mismo, dejar claro que «no será una amnistía, porque la inspección continuará actuando y sancionará a los empresarios que ocupen trabajadores de manera irregular sin haberlos regularizado, por los que los empresarios deberán abonar las cotizaciones a la Seguridad Social que correspondan desde la formalización del contrato». De esta forma, los trabajadores pasarán de no tener reconocidos sus derechos a tenerlos, así como contrato y convenio, al menos durante los 6 meses obligatorios de duración del contrato que formalice el empresario.

Con reservas

El sentir general de los distintos actores implicados es que el Real Decreto impulsado por Trabajo no aborda el problema de la economía sumergida de una forma global. Para José María Mollinedo, secretario general de Gestha, el problema de la economía sumergida es más grave y más amplio que el que pretende combatir este Plan. Para Mollinedo, se centra demasiado en el aspecto laboral y muy poco en el fiscal. «Una empresa que paga a sus empleados en dinero negro es porque lo genera. Es decir, lo hace con ventas sin IVA que no pasan por la contabilidad. Eso implica necesariamente que hay más dinero negro en esa empresa, que no se usa solo para pagar a los trabajadores, sino también a algunos proveedores. Todas esas cantidades que fluyen en uno u otro sentido lo hacen sin pasar por el debido control fiscal», explica.

Coinciden, en este sentido, las organizaciones empresariales CEOE y CEPYME. Ambas estiman que el Real Decreto debería ir ligado a aspectos fiscales y no solo a cambios laborales. Además, afirman que «hay que valorar todo lo que sea hacer aflorar la economía sumergida, aunque es necesario ver el cómo y en qué se va a incentivar».

No obstante, entienden que el plan del Gobierno «no incluye elementos para acreditar la existencia del fraude denunciado, el alcance económico del mismo, a cuántos trabajadores afecta y la naturaleza de los empresarios». Desde Gestha también apuntan que la nueva normativa «va dirigida, sobre todo, a pequeñas y medianas empresas, pero las grandes fortunas del país podrán, perfectamente, seguir guardadas en el banco de un paraíso fiscal sin ser declaradas aquí».

Recursos insuficientes

Almudena Fontecha, Secretaria de Igualdad de UGT, pone el acento en la gran cantidad de modificaciones que ha sufrido el decreto desde su primera versión, así como en la necesidad de que las medidas políticas vayan acompañadas de un incremento del número de inspectores de trabajo. Si no, el plan del Gobierno quedará en agua de borrajas. Para Fontecha, «el Real Decreto que ha sido publicado en el B.O.E. ha sufrido tantas modificaciones desde que se planteó que ahora se parece en muy poco al primer borrador que vimos. Consideramos que es un plan basado en el método de la zanahoria y el palo. Antes del 31 de julio los empresarios podrán contratar a los trabajadores sin contrato y, después, las sanciones serán más duras. Pero solo lo serán si se descubre al empresario». Y esto parece poco probable, según afirman en UGT, por el reducido número de inspectores de trabajo que tiene el Ministerio.

Uno de los principales problemas a los que se enfrenta el plan del Gobierno es el componente delictivo que, en muchos casos, acompaña al empleo sumergido. Tal y como explica José Luis Fernández, secretario de comunicación del sindicato USO (Unión Sindical Obrera), «hay que distinguir entre la actividad sumergida vinculada a situaciones delictivas, que generan una importante actividad económica y ‘emplean’ a un importante número de personas, como el tráfico de drogas, el contrabando, las falsificaciones, etc. y, por otra parte, la que tiene que ver con situaciones de subsistencia, con personas que necesitan ingresos para su familia. En muchos casos son rehenes de esta situación y objeto de abusos laborales».

Debido a ese componente delictivo, una gran parte del empleo sumergido no aflorará en ningún caso. Por ello, Fernández considera que «la lucha contra la economía sumergida y el fraude fiscal debe hacerse siempre; debe ser algo estructural de la acción de Gobierno y no objeto de planes que, por su propia naturaleza, son perecederos».